A partir de un decreto, el Gobierno de la Nación establecerá licencia con goce de sueldo para les trabajadores del sector privado que tengan hijes menores de 6 años a cargo y estén realizando sus tareas a través de teletrabajo. El beneficio ya regía para quienes estaban haciendo tareas presenciales.
La duración de la medida se extenderá mientras dure la cuarentena y la suspensión total o parcial de las clases presenciales en las escuelas. A su vez solo abarca a las zonas donde aún continúa el Aislamiento Preventivo y Obligatorio.
A su vez la medida otorgará el derecho a les trabajadores a una “adecuación horaria” para coordinar horarios laborables compatibles con las tareas del cuidado de les menores, o solicitar hasta dos interrupciones por jornada, cuándo les hijes tengan entre 6 y 12 años; o estén a cargo de personas mayores con dependencia o personas con discapacidad.
La resolución refuerza el derecho a la desconexión digital una vez finalizado el día de trabajo y solo podrá acceder al beneficio un integrante del hogar. La resolución fue llevada a cabo entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad. Su objetivo es regular el trabajo remoto en el contexto de la pandemia y apunta a garantizar el derecho a cuidar y ser cuidado en condiciones igualitarias y en definitiva aliviar la sobrecarga de tareas sobre las mujeres, que están haciendo teletrabajo y tienen hijes a cargo.
Los principales puntos del decreto son:
• Otorga derecho a “adecuación horaria”, es decir a pautar horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo o de solicitar hasta dos interrupciones por jornada a trabajadores y trabajadoras a cargo de: niños y niñas entre 6 y 12 años; personas mayores con dependencia; personas con discapacidad.
• Promueve la corresponsabilidad, es decir un uso equitativo de estas disposiciones tanto por mujeres como por varones y otras identidades.
• Refuerza el derecho a desconexión digital una vez finalizada la jornada laboral.
• Rige desde su publicación en el Boletín Oficial, hasta el fin de las medidas de Aislamiento Social y Preventivo, o mientras dure la suspención total o parcial de clases presenciales.
• Pueden acceder trabajadores y trabajadoras del sector privado de las localidades en las que estén vigentes las circunstancias de aislamiento y cesantía de clases.
• Para implementarse les trabajadores deben informar a sus empleadores que se encuentran en las circunstancias contempladas.
• Empleadores y empleadoras harán efectivas las medidas en cada caso.
• En caso de incumplimiento de la resolución comunicarse al: 0800 666 4100 de 8 a 20 horas o a consultas@trabajo.gob.ar
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