Será el sexto mes consecutivo que los empleadores podrán solicitar la asistencia estatal para pagar hasta el 50% de los salarios de los trabajadores. Tendrán hasta el 2 de octubre para registrarse.
El Gobierno habilitó a partir de hoy y a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), la ayuda estatal para que empresas y comercios puedan pagar hasta el 50% de los salarios, en el marco de la crisis económica provocada por la pandemia del coronavirus.
Con esta nueva edición serán seis los meses consecutivos en que los empleadores podrán solicitar la asistencia del Estado para afrontar el pago de los salarios de los trabajadores, en este caso los de septiembre.
Para solicitar el beneficio los empresarios y comerciantes deberán registrarse con su clave fiscal en la web de la AFIP (afip.gob.ar) hasta el 2 de octubre, inclusive. Por el momento no se informó la fecha en que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) lo depositará en las cuentas de los trabajadores.
Según datos oficiales, solo en agosto más de 165.000 empresas lo solicitaron, para poder completar los salarios de unos 1.760.000 trabajadores y trabajadoras. Desde que lo lanzó, en abril pasado, el Estado lleva invertidos cerca de $194.000 millones en el Programa ATP.
El Gobierno declaró además a 15 nuevos sectores como críticos, la mayoría vinculados con el turismo, a través de la Decisión Administrativa 1760/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, al ver la necesidad de “ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica” y recomendó que “la asistencia a estos sectores retorne a niveles similares a los de la primera ronda de la ATP”.
Las 15 nuevas actividades que se sumarán son: elaboración de vinos; fabricación de accesorios de vestir de cuero; confección de prendas de vestir de cuero; terminación y teñido de pieles; fabricación de artículos de piel venta al por menor de prendas de cuero; venta al por menor de artículos de talabartería y artículos regionales; venta al por menor de artículos de marroquinería, paraguas y similares n.c.p.; servicios de hangares y estacionamiento de aeronaves; servicios para la aeronavegación; servicios complementarios para el transporte aéreo n.c.p.; alquiler de automóviles sin conductor; alquiler de vehículos automotores n.c.p., sin conductor ni operarios; alquiler de equipo de transporte para vía acuática, sin operarios ni tripulación; alquiler de equipo de transporte para vía aérea, sin operarios ni tripulación; y alquiler de equipo de transporte n.c.p. sin conductor ni operarios.