El Ejecutivo local deberá tomar acción, así lo resolvió la Justicia porteña tras un amparo presentado por el presidente de la Comuna 4 (La Boca, Barracas, Parque Patricios y Nueva Pompeya, e incluye la Villa 21-24), Ignacio Álvarez, y el titular de la Comuna 8 (Villa Soldati, Villa Riachuelo y Villa Lugano), Miguel Eviner.
En estas circunstancias, Horacio Rodríguez Larreta, posee un plazo de cinco días para elaborar y difundir protocolos específicos para la prevención y contención del coronavirus en villas y asentamientos de las Comunas antes mencionadas.
La orden fue dictada por el juez en lo contencioso administrativo Darío Reynoso, quien señaló el “grave riesgo a la propagación ante un potencial brote” del virus Covid-19 y alertó sobre la posibilidad de que “pueda tornarse incontrolable”.
El fallo responsabiliza al Gobierno porteño de asegurar “la provisión inmediata, suficiente y sostenida” de elementos sanitarios como barbijos y guantes de látex, de higiene y limpieza como lavandina, jabón y alcohol en gel, y también elementos para medir la temperatura.
Además, el magistrado exigió garantizar el suministro de agua potable, tras casos como el de la Villa 31, que registró un crecimiento exponencial de contagios de coronavirus luego de que faltara el agua por más de diez días en algunos sectores.
Por otra parte, dicho fallo insta a Larreta a dar información suficiente sobre los lugares de aislamiento para los casos positivos, contactos estrechos y sospechosos de COVID-19, limpieza y desinfección de espacios públicos, difusión de los protocolos en los barrios, y elaboración de nuevos abordajes para la violencia de género.
A su vez dispone la creación de una mesa de trabajo que integren los presidentes comunales junto a representantes de los Ministerios de Salud, Desarrollo Social, Espacio Público y Medioambiente de la Ciudad de Buenos Aires.
Fotografía por: Infobae