El Senado dio media sanción al proyecto de ley de equidad de género en los medios públicos

 

La iniciativa supone no sólo la presencia de mujeres y disidencias en los medios de comunicación, sino también su participación en los directorios y un cupo laboral travesti-trans de no menos de 1% del personal.

Este jueves se aprobó por unanimidad en el Senado un proyecto de Norma Durango, presidenta de la Banca de la Mujer, que establece la equidad de género en los medios de comunicación públicos desde una perspectiva de diversidad sexual.

El objetivo del proyecto aprobado es promover la equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual en los servicios de comunicación, cualquiera sea la plataforma utilizada.

Durango explicó, según consigna el portal Parlamentario, que el sentido de este proyecto es “erradicar los estereotipos machistas y patriarcales” y destacó que “fue fundamental el aporte del colectivo de periodistas argentinas”, así como el trabajo de asesores legislativos, quienes hicieron que la iniciativa “fuera cambiando en su forma, pero no en su esencia”.

Puntualizó que el proyecto busca “no solo el ascenso y la permanencia (de mujeres y disidencias) en sus puestos de trabajo, sino también su presencia en las políticas de los medios de comunicación”, por lo que se pide integrar a todas las identidades de género en los directorios y espacios de toma de decisiones.

Esta ley, de ser aprobada en Diputados alcanzará a  todos los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal y privada con o sin fines de lucro, en los términos que establece la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Otro aspecto destacado es que debe garantizarse una representación de personas travestis, transexuales, transgénero e intersex en una proporción no inferior al 1% de la totalidad del personal.

La equidad deberá aplicarse sobre la totalidad del personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación, incluyendo los cargos de conducción y/o de toma de decisiones.

El incumplimiento de estas obligaciones por parte de los responsables de los servicios de comunicación operados por prestadores de gestión estatal dará lugar a las sanciones de llamado de atención y apercibimiento.